HERENCIAS.- PRIMERA PARTE

 

En Inmobiliaria Kronox llevábamos un tiempo pensando en cómo podíamos ayudar a las personas que tienen dudas, curiosidad o aquellas que están interesadas en alguna cuestión relacionada con nuestro sector, así que nos hicimos la siguiente pregunta, ¿porque no?, porque no crear un blog en el que hablemos de nuestro trabajo y que esas personas que están al otro lado con sus dudas puedan preguntarnos, pues seamos sinceros, a nadie nos sobra tiempo hoy en día y si está es una forma de poder ayudar hablando de lo que nos apasiona que es nuestro trabajo, pues vamos a ello …

Y aquí estamos delante del ordenador escribiendo este primer capítulo del blog, con muchas ganas y esperando que sea de ayuda y sea el primero de muchos más.



HERENCIAS

No es un asunto que me encante tratar, pero lamentablemente debido al COVID son muchas las personas que se encuentran que han heredado y no saben por dónde empezar, pues bien, a continuación, os voy a detallar de forma fácil y sencilla los papeles que necesitáis y los tramites que debéis realizar, lo sé, muchos diréis fácil para ellos, pero al final no es tan difícil de verdad.

Lo más importante de todo es saber si la persona que ha fallecido ha otorgado testamento o no, porque el hecho de dejarlo facilita bastante las cosas, para ello debemos acudir con el certificado de defunción a solicitar el certificado de últimas voluntades, os adjunto el enlace de la página donde podréis tramitarlo on-line o bien ver a donde debéis acudir a solicitarlo (https://www.mjusticia.gob.es/es/ciudadanos/tramites/certificado-actos-ultima).

Una vez tengamos el certificado de últimas voluntades podremos saber si otorgo o no testamento, y de hacerlo donde lo realizo de esa forma,  podernos dirigir a la Notaria y solicitar como parte interesada una copia del mismo.

De existir dicho testamento, la documentación que precisaremos para llevarla a la Notaria sería la siguiente, tomar nota;

  • DNI o certificado de empadronamiento de la persona fallecida.
  • DNI de todos los herederos.
  • Certificado de últimas voluntades.
  • Certificado de seguros de vida.
  • Certificado bancario de saldos en cuentas corrientes y depósitos.
  • Certificado de defunción.
  • Escrituras de propiedades de inmuebles o terrenos.
  • Recibos del pago del IBI de dichas propiedades.
  • Documentación sobre el/los vehículo/s del fallecido al tiempo de su defunción.
  • Copia del testamento.

Si por el contrario el fallecido no hubiera otorgado testamento, además necesitaríamos recopilar está otra documentación:

  • Libro de familia o certificado de nacimiento de los descendientes y el certificado de defunción de alguno de los descendientes si también hubiera fallecido.
  • Certificado de matrimonio del fallecido o fe de soltería.

Por el momento no queremos aburriros más, así que el próximo día os guiaremos con los pasos a seguir, mientras tanto podéis preguntarnos o darnos vuestra impresión, estaremos encantados de contestaros.

Comentarios