Cuenta atrás para la implantación del Registro de la Propiedad Digital
El BOE ha publicado, el 15 de agosto de 2023, tres resoluciones de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, por las que se aprueban el calendario de implementación del Registro de la Propiedad Electrónico, instituido por la Ley 11/2023, los formatos a emplear y los campos obligatorios. La Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública del Ministerio de Justicia ha aprobado el calendario de implantación de las novedades tecnológicas introducidas en la regulación hipotecaria por la Ley, 11/2023, de 8 de mayo, que regula el Registro de la Propiedad electrónico y que entrará en vigor el 9 de mayo de 2024. Con esta reforma, el Registro de la Propiedad se llevará bajo la técnica del folio real en formato y soporte electrónico, mediante un sistema informático registral . Solo los asientos registrales, extendidos y firmados por el registrador competente y la publicidad registral expedida en la forma y con los medios previstos en esta ley y demás normas concordante