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Mostrando entradas de junio, 2022

¡CAMPAMENTOS!

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Las clases de los mas pequeños de la casa han llegado a su fin, y con ellas la duda de qué hacer durante las vacaciones, desde Inmobiliaria Kronox os proponemos una forma divertida, educativa y llena de experiencias para que disfruten del verano... ¡Los campamentos! Aquí os dejamos algunos enlaces por si os sirven de ayuda: https://www.afines.org/campamentos/   https://www.campamentos.info/tag/madrid https://campamentos.lasierraeduca.es/campamento/campamento-de-semana-santa/?gclid=Cj0KCQjwntCVBhDdARIsAMEwAClJI8mhJq84JIoXuGNJd35aWs_7_HANc7E3hj6H_EwUfM85hFCrWq0aAnstEALw_wcB  

RESEÑAS PARA RECORDAR

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Madrid: El Pleno aprueba la nueva ordenanza fiscal del impuesto de plusvalía

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La norma exime del pago las transmisiones  mortis causa  entre mujeres fallecidas por violencia de género y sus hijos menores o discapacitados sujetos a patria potestad, tutela o apoyo en ejercicio de su capacidad jurídica Se mantienen todas las bonificaciones aprobadas en este tributo, que pueden llegar hasta el 95 % de la cuota en determinados casos, que desde 2020 ha permitido ahorrase a los madrileños más de 29 millones de euros El Pleno del Ayuntamiento de Madrid ha aprobado la modificación del Impuesto sobre el Incremento de Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana, más conocido como plusvalía, cuyo objeto es adaptar esta ordenanza al Real Decreto Ley 26/2021, de 8 de noviembre, por el que se ajusta el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, a la reciente jurisprudencia del Tribunal Constitucional respecto de este impuesto.  Según ha explicado la delegada de Hacienda y Personal, Engracia Hida

¿COMO DESBLOQUEAR UNA HERENCIA?

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  Hace algún tiempo os trajimos varios artículos en los que hablamos sobre las HERENCIAS, en está ocasión, navegando por ahí, hemos encontrado un artículo muy interesante que daría continuidad al inicio de nuestro blog. Esperamos que os guste y os dejamos leyéndolo. Las herencias pueden ser motivo de disputa entre los herederos , y lamentablemente no siempre se llega a un acuerdo. En los casos donde haya una persona indecisa, puede que sea necesario recurrir a un notario en un plazo de 30 días, donde el heredero  deberá aceptar o renunciar a su parte de la herencia. Si no hay contestación, se dará por aceptada la herencia.  Esto se conoce como “interpellatio in iure” , que puede poner en marcha cualquier interesado en la herencia tras la modificación del artículo 1005 del Código Civil que introdujo la Ley 15/2015 de Jurisdicción Voluntaria. Cuando la herencia se haya aceptada, se puede dar el caso que alguno de los herederos se niegue a partirla o dificulte el reparto de los b