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Mostrando entradas de junio, 2021

Ático en venta en Villa de Vallecas

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  VISUALIZA  EL VÍDEO DE ESTE INCREÍBLE ÁTICO EN VENTA CON 30 metros DE TERRAZA  

INFORMACIÓN DEL CERTIFICADO ENERGÉTICO

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  ¿Por qué necesitamos un certificado energético para vender?, ¿lo necesitaría también par alquilar? A continuación, vamos a resolver las dudas de porqué se necesita un certificado de eficiencia energética tanto para vender como para alquilar: En primer lugar y lo más importante es que el  certificado de eficiencia energética  es un documento obligatorio para cualquier proceso de  compraventa de un inmueble  (no solo viviendas, también locales, edificios), y además de alquiler, desde junio de 2013. Se trata de algo que incorporó el Real Decreto 235/2013 y que proviene de directivas europeas.  A través del certificado energético podremos conocer el nivel de consumo energético de la vivienda y su emisión de CO2 , es decir, su nivel de eficiencia energética. Cuando se registra este certificado se recibe una etiqueta energética que indica cuál es el grado de eficiencia del inmueble, siendo A la mejor puntuación y G la menos eficiente. En un lenguaje coloqui

FIRMA ÁNGEL Y CARLA

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"ÚLTIMA HORA" .... ARTÍCULO 28 DE LA LEY HIPOTECARIA

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  Hola a todos, como la actualidad siempre manda, y tras estás semanas pasadas hablando de las HERENCIAS, tenemos que incluir una última hora relacionada con las HERENCIAS COLATERALES. Nosotros, e imaginamos que muchos profesionales más, quizás comparten nuestra opinión,   considerábamos que el ARTICULO 28 DE LA LEY HIPOTECARIA, era algo obsoleto en los tiempos que vivimos actualmente. No obstante, para recordar el significado de este artículo os dejamos lo que incluimos en nuestra última publicación; HERENCIA COLATERAL: a)       Ha fallecido y no otorgo testamento, se seguirían las siguientes, en ausencia de cónyuge, hermanos o hijos de hermanos, sucederán en la herencia del difunto los demás parientes del mismo en línea colateral hasta el cuarto grado, más allá del cual no se extiende el derecho de heredar abintestato, a tenor del  Art.954 , Código Civil . b)       Otorgo testamento, pues es de lógica que heredara la persona designada para ello por el difunto, pudiendo incl

Plusvalía Municipal Madrid

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  https://www.madrid.es/portales/munimadrid/es/Inicio/Actividad-economica-y-hacienda/Impuesto-sobre-el-Incremento-de-Valor-de-los-Terrenos-de-Naturaleza-Urbana-Plusvalia-Bonificacion-por-fallecimiento/?vgnextfmt=default&vgnextoid=0ef9a47351a8d410VgnVCM2000000c205a0aRCRD&vgnextchannel=138d31d3b28fe410VgnVCM1000000b205a0aRCRD&idCapitulo=8667837&rm=95cfb555af872510VgnVCM2000000c205a0aRCRD