PLAN INTEGRAL DE ALQUILER MUNICIPAL
Además, la EMVS ha puesto en
marcha una línea de ayudas, el Bono Vivienda, para los inquilinos/as que se
apunten al Programa ReViVa. Para poder optar a esta ayuda, hay dos requisitos
iniciales imprescindibles: llevar empadronados en Madrid, al
menos, cinco años. Y tener unos ingresos brutos anuales, en función del número
de miembros de la unidad familiar, de entre 3 y 7,5 veces el IPREM.
El Bono Vivienda se calculará en
función de esos ingresos, el número de miembros de la unidad familiar y unos
requisitos generales y específicos.
El Bono Vivienda consiste en una
ayuda directa para pagar ese alquiler. Esta ayuda bonificará la diferencia
entre la renta que la EMVS abona al propietario de la vivienda cedida en
usufructo y la mensualidad que a su vez paga el inquilino/a.
Las familias que ingresan menos
de 3,5 veces el IPREM también pueden apuntarse al Registro Permanente de
Solicitantes de Vivienda de la EMVS, que permite optar a las viviendas
protegidas que construye el Ayuntamiento.
Límites de ingresos
en función de los miembros de la unidad familiar
Nº DE MIEMBROS IPREM: LÍMITE INFERIOR IPREM: LÍMITE SUPERIOR
Uno 3 3,5
Dos 3 4
Tres 3,5
5,5
Cuatro 3,5 7
Cinco 3,5 7,5
Seis o más 3,5 7,5
Requisitos
generales que bonifican
Cumplir alguno de los
siguientes:
· * Ser menor de 35 años
· * Ser mayor de 65 años
· * Tener una discapacidad igual o superior a un 33%
· * Familias con personas dependientes a su cargo de
grado II o III
· * Familias con hijos/as menores de 25 años
dependientes económicamente o embarazadas
· * Familias con hijos/as dependientes
económicamente a su cargo -cualquiera que sea su edad- con un grado de
discapacidad igual o superior al 33%
· * Personas separadas o divorciadas, con hijos/as,
que acrediten esta circunstancia mediante actas notariales o sentencias
dictadas en procesos de separación o divorcio.
Requisitos
específicos que aumentan el bono
El Bono Vivienda podría incrementarse si además los solicitantes
cumplen otras condiciones específicas:
· * Ser familia numerosa
· * Ser familia monoparental
· * Tener una discapacidad igual o superior a un 65%
· * Tener una dependencia de grado III
· * Ser víctima de terrorismo
· * Ser víctima acreditada de violencia de género o de violencia en el ámbito de la pareja o ex pareja
Fuente: www.emvs.es/Alquiler/Bono
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