EFICIENCIA ENERGÉTICA



 


Queremos retomar una publicación que se realizó BOE del día 2 de junio se publicó el Real Decreto 390/2021 de 1 de junio, procedimiento básico para la certificación de la eficiencia energética de edificios.

Este trae algunas modificaciones y os vamos a detallar las novedades a destacar.

Este real decreto deroga el 235/2013.

  • Amplía el parque de edificios que deben disponer de certificación de eficiencia energética, ya que el RD 235/2013, únicamente era de aplicación a los edificios de nueva construcción, edificios o partes de edificios que fueran a ser vendidas o alquiladas a un nuevo arrendatario, o determinados edificios ocupados por autoridades públicas. Esta nueva reglamentación, es de aplicación a multitud de edificios, en función de su uso, independientemente de que estos se vendan o alquilen.
  • Para los edificios existentes que no dispongan de certificado de eficiencia energética, establece el plazo de un año desde la entrada en vigor del RD 390/2021, para que dispongan y exhiban la correspondiente etiqueta de eficiencia energética.
  • Establece las nuevas condiciones técnicas y administrativas del proceso para la certificación energética de los edificios.
  • Actualiza la documentación necesaria para la tramitación de la certificación energética, así como el contenido mínimo de los certificados.
  • Actualiza la validez de los certificados, que continúa siendo de 10 años, salvo para aquellos casos con calificación energética “G”, en los que su validez será de 5 años.
  • Modifica el ANEXO I del RD 56/2016, de 12 de febrero, por el que se transpone la Directiva 2012/27/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 25 de octubre de 2012, relativa a la eficiencia energética, en lo referente a auditorías energéticas, acreditación de proveedores de servicios y auditores energéticos y promoción de la eficiencia del suministro de energía, para ampliar el desglose de la información contenida en el modelo de comunicación relativo a la realización de una auditoria energética.

Acceso a la publicación BOE; https://amiitel.org/wp-content/uploads/1-RD-390-2021.pdf

 

Fuente: Amitiiel

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